Reducción de IVA para turistas extranjeros

18.12.24|by ceciliachristophersen| 1 min read
Reducción de IVA para turistas extranjeros

Según el decreto n.° 318/021 del Poder Ejecutivo, el beneficio fiscal de la reducción total del IVA a turistas extranjeros regirá desde el próximo 15 de noviembre hasta el 30 de abril de 2025 y será exclusivamente para personas físicas no residentes en el país.

Las actividades que quedan comprendidas en este beneficio están relacionadas a servicios gastronómicos, cuando sean prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones de té y similares, o por hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de campo y camping hostels, siempre que dichas prestaciones no integren el concepto de hospedaje.

También quedarán comprendidos los servicios de catering, de realización de fiestas y eventos, así como también los arrendamientos de vehículos sin chofer.El beneficio fiscal será exclusivamente para no residentes y regirá para las compras que sean abonadas con tarjetas de débito o crédito, siempre que estas hayan sido emitidas en el exterior, o mediante pago con transferencia electrónica de fondos provenientes del exterior “siempre que intervenga un adquirente o una entidad de cobranza, residente en territorio nacional”, detalló el decreto.

18.12.24|by ceciliachristophersen

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